Novedades 
Infórmese aquí de las novedades tributarias que pueden afectar a su empresa

RENTA 2008
Muy Sr./a. nuestro/a:

El próximo día 4 de mayo se iniciará el plazo legal de presentación de la declaración del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, del ejercicio 2.008, finalizando el mismo el día 30 de Junio, tanto para las
positivas (a pagar) como para las negativas (a devolver).

Es por ello que, una vez les sea posible, recopilen y nos entreguen la documentación que les relacionamos,
a los efectos de elaborar la declaración con el tiempo y la atención que Vd. se merece, sin prisas de última
hora.

Por tanto, la documentación necesaria es la siguiente:

- Certificados Bancarios (de Intereses, de acciones, etc....)
- En caso de Acciones y Fondos de Inversión, documentos de compra y venta, así como certificados bancarios
relativos a dividendos y demás rendimientos derivados de los mismos.
- En caso de Trabajo por cuenta ajena, certificado de retenciones emitido por la empresa, así como certificados
de prestaciones por desempleo y de incapacidad temporal (percepciones por baja médica), si es el caso.
En caso de estar afiliado a un sindicato, importe pagado durante el año.
- Justificantes de minusvalía, si procede.
- En caso de vivienda habitual, justificantes de pago de préstamos (emitidos por Banco), así como justificante de
otros pagos en efectivo, o también cantidades aportadas a cuentas vivienda. También son imprescindibles, los
recibos del I.B.I. (contribución).
- Certificados de aportaciones a planes de pensiones, o cualquier otro tipo de seguro de vida o jubilación que
sea deducible, donaciones a entidades sin ánimo de lucro, etc...
- En caso de actividades agrarias, es necesario realizar un libro de ingresos: para ello, deberán entregarnos
todas las facturas emitidas (leche, terneros, otros ingresos). Puesto que desde el año 1.998 las inversiones
son gasto deducible via amortización, deberían buscar las facturas que correspondan. También es necesario
el importe de las subvenciones cobradas en el año (vacas nodrizas, alta montaña, planes de mejora, primas
de terneros, etc.)
- Si se trata de actividades empresariales, deberán entregarnos los ejemplares del modelo 130 (pago fraccionado)
ó 131 (módulos) que se hallen en su poder. Así mismo, las inversiones también deducen, vía amortización y, por
tanto, deberían buscar las que se hallen en su poder, así como las subvenciones que haya cobrado para el
desarrollo de su actividad y que aún no hayan sido declaradas.

Así mismo les comunicamos que nosotros mismos hemos solicitado los datos que figuran en la Agencia
Tributaria para calcular su declaración. Dichos datos llegarán por correo a su domicilio, por lo cual les
rogamos que nos lo hagan llegar junto con el resto de documentación.

Agradeciendo de antemano su colaboración, aprovechamos la ocasión para saludarle atentamente y le
recordamos que para cualquier duda que pueda surgirle puede ponerse en contacto con nosotros en el número
de teléfono 985801687, a través del correo electrónico info@garfe.es, o bien acudiendo a nuestras oficinas.





Fdo. Manuel B. Fernández García
Economista Colegiado. Miembro Registro de Economistas Asesores Fiscales nº 3.620

www.aeat.es/wps/portal/Navegacion2IyD
AYUDAS 2009
www.idepa.es/sites/web/idepaweb/servicios/ayudas/buscador/index.jsp
MEDIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Ley de Medidas específicas en materia de Seguridad Social Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social (BOE 05/12/07), que afectan, sustancialmente, a las prestaciones siguientes:

* Incapacidad temporal
* Incapacidad permanente
* Jubilación
INTEGRACION DE LOS TRABAJADORES AGRARIOS POR CUENTA PROPIA EN EL REGIMEN DE AUTONOMOS
Incorporación agrarios cuenta propia en Régimen de autónomosINTEGRACION DE LOS TRABAJADORES AGRARIOS POR CUENTA PROPIA EN EL REGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS
CONTROL DE OPERACIONES VINCULADAS
-Control sobre operaciones vinculadas. Aunque este control lo estableció la Ley de medidas para la prevención del fraude fiscal que entró en vigor a finales de 2006, será este año cuando Hacienda empiece a controlar las operaciones vinculadas realizadas entre empresas pertenecientes a un mismo grupo. Como se sabe, la citada ley establece que los precios de transferencia utilizados en esas operaciones deben reflejar valores similares a los normales del mercado. Ante ello, los grupos tienen obligación de presentar una documentación que demuestre que las empresas cumplen con este precepto, pero los aspectos más precisos de esta documentación tienen que desarrollarse en una norma que posiblemente será aprobada en los primeros meses de este año.
IVA PARA GRUPOS EMPRESARIALES
-IVA para los grupos empresariales. El 1 de enero entra en vigor un nuevo régimen en el IVA para los grupos de sociedades que permite presentar declaraciones del impuesto agregadas, es decir, únicas para todo el grupo. De esta manera es posible compensar los saldos de las declaraciones de cada empresa, lo que supone un ahorro financiero. Una segunda opción, más compleja, permite valorar las operaciones intragrupo al coste de los bienes y servicios en cuya adquisición se haya soportado el IVA, utilizados en la realización de las operaciones, y renunciar a las exenciones que fueran de aplicación.
NUEVO IMPUESTO DE MATRICULACION
-Nuevo impuesto de matriculación. A partir de este 1 de enero este tributo deja de calcularse en función de la cilindrada y pasa a fijarse en las emisiones de dióxido de carbono (CO2) que afecta a los vehículos de gama alta y a los todo terreno. Por debajo de los 120 gramos de CO2 por kilómetro no se paga nada. Por encima de esa emisión, se establecen tres tramos con tipos que van del 4,75 por ciento hasta el 14,75 por ciento para los vehículos que emiten más de 200 gramos de CO2 por kilómetro. Sin embargo, la mayoría de los compradores de vehículos saldrán favorecidos con esta reforma.
ACTUALIZACION DE VALORES Y TASAS
-Actualización de valores y tasas. La Ley de los Presupuestos Generales actualiza igualmente los valores catastrales de los bienes inmuebles en un 2 por ciento. Por lo que se refiere a las tasas, se actualizan, con carácter general, al 2 por ciento los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal, excepto las tasas que se hayan creado o actualizado específicamente por normas dictadas en el año 2007. Por su parte, la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico se actualiza al 1 por ciento. Se mantienen, en cambio, para el ejercicio 2008, los tipos y cuantías fijas establecidas para las tasas que gravan los juegos de suerte, envite o azar, en los importes exigibles durante 2007
MENOR TIPO PARA LAS SOCIEDADES
Haga click para ampliar la imagen -Menor tipo para las sociedades. Las empresas que facturen más de ocho millones de euros, es decir, las no catalogadas de reducida dimensión, disfrutarán este año de un tipo de gravamen del 30 por ciento, esto es, 2,5 puntos menos que en 2007. El 1 de enero de 2007 ya disfrutaron estas sociedades una bajada del tipo de gravamen desde el 35 por ciento anterior al 32,5 por ciento y en 2008 tributarán al 30 por ciento. Recordemos que a las de reducida dimensión ya se les aplicó al iniciar 2007 los cinco puntos de rebaja de una sola vez, luego se mantiene en 2008 el mismo tipo, esto es, el 25 por ciento sobre los primeros 120.240,41 euros de base imponible y el 30 por ciento sobre el resto.
MENORES DEDUCCIONES
-Menores deducciones. Algunas deducciones se rebajan también gradualmente. No es el caso de la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios que se mantiene en el 12 por ciento como en 2007. Sin embargo, por actividades exportadoras, la deducción baja del 12 por ciento al 9 por ciento y por actividades de I+D se manejan unas deducciones que van del 8,5 por ciento al 42,5 por ciento, fruto de multiplicar las deducciones de 2006 (30 por ciento, 50 por ciento, 20 por ciento y 10 por ciento) por el coeficiente 0,85 para 2008.
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