Novedades |
Infórmese aquí de las novedades tributarias que pueden afectar a su empresa |
RENTA 2008 |
Muy Sr./a. nuestro/a: El próximo día 4 de mayo se iniciará el plazo legal de presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del ejercicio 2.008, finalizando el mismo el día 30 de Junio, tanto para las positivas (a pagar) como para las negativas (a devolver). Es por ello que, una vez les sea posible, recopilen y nos entreguen la documentación que les relacionamos, a los efectos de elaborar la declaración con el tiempo y la atención que Vd. se merece, sin prisas de última hora. Por tanto, la documentación necesaria es la siguiente: - Certificados Bancarios (de Intereses, de acciones, etc....) - En caso de Acciones y Fondos de Inversión, documentos de compra y venta, así como certificados bancarios relativos a dividendos y demás rendimientos derivados de los mismos. - En caso de Trabajo por cuenta ajena, certificado de retenciones emitido por la empresa, así como certificados de prestaciones por desempleo y de incapacidad temporal (percepciones por baja médica), si es el caso. En caso de estar afiliado a un sindicato, importe pagado durante el año. - Justificantes de minusvalía, si procede. - En caso de vivienda habitual, justificantes de pago de préstamos (emitidos por Banco), así como justificante de otros pagos en efectivo, o también cantidades aportadas a cuentas vivienda. También son imprescindibles, los recibos del I.B.I. (contribución). - Certificados de aportaciones a planes de pensiones, o cualquier otro tipo de seguro de vida o jubilación que sea deducible, donaciones a entidades sin ánimo de lucro, etc... - En caso de actividades agrarias, es necesario realizar un libro de ingresos: para ello, deberán entregarnos todas las facturas emitidas (leche, terneros, otros ingresos). Puesto que desde el año 1.998 las inversiones son gasto deducible via amortización, deberían buscar las facturas que correspondan. También es necesario el importe de las subvenciones cobradas en el año (vacas nodrizas, alta montaña, planes de mejora, primas de terneros, etc.) - Si se trata de actividades empresariales, deberán entregarnos los ejemplares del modelo 130 (pago fraccionado) ó 131 (módulos) que se hallen en su poder. Así mismo, las inversiones también deducen, vía amortización y, por tanto, deberían buscar las que se hallen en su poder, así como las subvenciones que haya cobrado para el desarrollo de su actividad y que aún no hayan sido declaradas. Así mismo les comunicamos que nosotros mismos hemos solicitado los datos que figuran en la Agencia Tributaria para calcular su declaración. Dichos datos llegarán por correo a su domicilio, por lo cual les rogamos que nos lo hagan llegar junto con el resto de documentación. Agradeciendo de antemano su colaboración, aprovechamos la ocasión para saludarle atentamente y le recordamos que para cualquier duda que pueda surgirle puede ponerse en contacto con nosotros en el número de teléfono 985801687, a través del correo electrónico info@garfe.es, o bien acudiendo a nuestras oficinas. Fdo. Manuel B. Fernández García Economista Colegiado. Miembro Registro de Economistas Asesores Fiscales nº 3.620 www.aeat.es/wps/portal/Navegacion2IyD |
AYUDAS 2009 |
www.idepa.es/sites/web/idepaweb/servicios/ayudas/buscador/index.jsp |
MEDIDAS EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL |
Ley de Medidas específicas en materia de Seguridad Social Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social (BOE 05/12/07), que afectan, sustancialmente, a las prestaciones siguientes: * Incapacidad temporal * Incapacidad permanente * Jubilación |
INTEGRACION DE LOS TRABAJADORES AGRARIOS POR CUENTA PROPIA EN EL REGIMEN DE AUTONOMOS |
Incorporación agrarios cuenta propia en Régimen de autónomosINTEGRACION DE LOS TRABAJADORES AGRARIOS POR CUENTA PROPIA EN EL REGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS |
CONTROL DE OPERACIONES VINCULADAS |
-Control sobre operaciones vinculadas. Aunque este control lo estableció la Ley de medidas para la prevención del fraude fiscal que entró en vigor a finales de 2006, será este año cuando Hacienda empiece a controlar las operaciones vinculadas realizadas entre empresas pertenecientes a un mismo grupo. Como se sabe, la citada ley establece que los precios de transferencia utilizados en esas operaciones deben reflejar valores similares a los normales del mercado. Ante ello, los grupos tienen obligación de presentar una documentación que demuestre que las empresas cumplen con este precepto, pero los aspectos más precisos de esta documentación tienen que desarrollarse en una norma que posiblemente será aprobada en los primeros meses de este año. |
IVA PARA GRUPOS EMPRESARIALES |
-IVA para los grupos empresariales. El 1 de enero entra en vigor un nuevo régimen en el IVA para los grupos de sociedades que permite presentar declaraciones del impuesto agregadas, es decir, únicas para todo el grupo. De esta manera es posible compensar los saldos de las declaraciones de cada empresa, lo que supone un ahorro financiero. Una segunda opción, más compleja, permite valorar las operaciones intragrupo al coste de los bienes y servicios en cuya adquisición se haya soportado el IVA, utilizados en la realización de las operaciones, y renunciar a las exenciones que fueran de aplicación. |
NUEVO IMPUESTO DE MATRICULACION |
-Nuevo impuesto de matriculación. A partir de este 1 de enero este tributo deja de calcularse en función de la cilindrada y pasa a fijarse en las emisiones de dióxido de carbono (CO2) que afecta a los vehículos de gama alta y a los todo terreno. Por debajo de los 120 gramos de CO2 por kilómetro no se paga nada. Por encima de esa emisión, se establecen tres tramos con tipos que van del 4,75 por ciento hasta el 14,75 por ciento para los vehículos que emiten más de 200 gramos de CO2 por kilómetro. Sin embargo, la mayoría de los compradores de vehículos saldrán favorecidos con esta reforma. |
ACTUALIZACION DE VALORES Y TASAS |
-Actualización de valores y tasas. La Ley de los Presupuestos Generales actualiza igualmente los valores catastrales de los bienes inmuebles en un 2 por ciento. Por lo que se refiere a las tasas, se actualizan, con carácter general, al 2 por ciento los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal, excepto las tasas que se hayan creado o actualizado específicamente por normas dictadas en el año 2007. Por su parte, la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico se actualiza al 1 por ciento. Se mantienen, en cambio, para el ejercicio 2008, los tipos y cuantías fijas establecidas para las tasas que gravan los juegos de suerte, envite o azar, en los importes exigibles durante 2007 |
MENOR TIPO PARA LAS SOCIEDADES |
MENORES DEDUCCIONES |
-Menores deducciones. Algunas deducciones se rebajan también gradualmente. No es el caso de la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios que se mantiene en el 12 por ciento como en 2007. Sin embargo, por actividades exportadoras, la deducción baja del 12 por ciento al 9 por ciento y por actividades de I+D se manejan unas deducciones que van del 8,5 por ciento al 42,5 por ciento, fruto de multiplicar las deducciones de 2006 (30 por ciento, 50 por ciento, 20 por ciento y 10 por ciento) por el coeficiente 0,85 para 2008. |
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